Un accidente ocurrido en el shopping Patio Bullrich hace más de doce años acaba de tener resolución judicial: la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó que el centro comercial y su aseguradora deberán pagar una indemnización a una mujer que se cayó de una escalera mecánica mientras simplemente miraba vidrieras. La decisión sienta un precedente importante al establecer que existe una relación de consumo aún sin compra concreta, solo por estar en el lugar.

La víctima sufrió una caída tras sentir un “cimbronazo” en la escalera, lo que la desestabilizó completamente. Aunque la empresa IRSA Propiedades Comerciales y su aseguradora Chubb intentaron desligarse alegando que no había compra de por medio, la Cámara sostuvo lo contrario: la ley de Defensa del Consumidor protege incluso al visitante ocasional.

El fallo es categórico: los proveedores tienen una obligación de seguridad objetiva, y el solo hecho de que ocurra un accidente dentro del marco de esa relación los hace responsables, salvo que prueben un caso fortuito. En este caso, no lograron demostrarlo. Una reparación registrada poco después del accidente una polea defectuosa terminó por hundir sus argumentos.
Finalmente, la Justicia ordenó una indemnización que asciende a $3.680.000, incluyendo tratamientos kinesiológicos. El caso marca un hito en la ampliación del concepto de consumidor en entornos públicos y comerciales, y obliga a los shoppings a extremar medidas de seguridad incluso para quienes solo pasean.